Esta iniciativa busca un equilibrio teniendo en cuenta la capacidad de aporte de las personas al Estado a través de los tributos. Dicha gestión será realizada por la intervención de la comisión de expertos creada por la DIAN.
De acuerdo con el artículo 387 del Estatuto Tributario, las personas naturales que obtengan rentas de trabajo podrán deducir mensualmente hasta el 10 % de sus ingresos brutos por concepto de dependientes, sin exceder 32 Unidades de Valor Tributario mensuales.
PARÁGRAFO 2. Definición de dependientes: Para propósitos de este artículo tendrán la calidad de dependientes:
- Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
- Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES ‘ o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) 3. Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
La recomendaciones sobre cómo debe ser el sistema tributario, serán un insumo para llevar a cabo la reforma fiscal que el país requiere. Deberán estar listas y presentadas al gobierno a comienzos del año entrante. Conozca más asesorándose en términos de materia tributaria haciendo clic aquí